¿Que es una constitución?
Las constituciones nacen en
epocas contemporaneas y son relativamente recientes haciendose notar sus
primeros indicios en el siglo XVIII ejemplos de esto es la constitucion de
Estados Unidos de 1787 y la declaracion de los derechos del hombre y del ciudadano
de Francia de 1789 y de manera aún más reciente se ejemplifican las
constituciones publicadas luego de la independencia de la corona Española y el
reino de Portugal por parte de las naciones hispanoamericanas.
El derecho constitucional
¿Qué es el derecho Constitucional?
Para poder comprender el papel que
ha jugado la Constitución Política en Costa Rica vale la pena primero analizar
qué significa el derecho constitucional. Para la Universidad Internacional de
la Rioja (2020) la Constitución y el bloque de normas constitucionales:
Constituyen el marco sobre el que se desarrolla toda la estructura jurídica del país. La Constitución tiene como fin garantizar y proteger el Estado de derecho: es la norma principal del ordenamiento y es un texto jurídico-político que prevalece sobre cualquier otra ley o normativa que se promulgue. La Constitución contiene las normas fundamentales que regulan el Estado y las bases sobre las que se asienta la estructura del orden social del país, define la forma en que se deben producir las demás normas que integran el ordenamiento, establece las fuentes del Derecho y su ordenación.
Entonces el derecho constitucional se posiciona como una rama de la constitucion con una lista de aspectos dignos de mencionar como la forma de Estado, forma de Gobierno, Derechos Fundamentales entre otros como la regulacion del poder publico y la relacion que este tiene con el ciudadano. Recientemente
Contexto Histórico de la Constitución Política
Costarricense
Considerando
la definición anterior, se puede ahora analizar cómo fue que surgió el derecho
constitucional en Costa Rica; para conseguir este cometido, será necesario
viajar hasta el siglo XIX específicamente a la época cuando las provincias
adscritas a la Capitanía General de Guatemala declaraban su independencia,
Costa Rica incluida.
Si
se parte de lo mencionado por Esquivel (2012) se encuentra que muchos
expertos coinciden en que nuestro país inició su camino constitucional con la
promulgación de la “Constitución Política de la Monarquía Española, emitida por
las Cortes Españolas en Cádiz en 1812” (p. 70), ya que fue la primera que tuvo
vigencia tiempo antes de la emancipación de España.
Pero de igual forma continúa
mencionando Esquivel (2012) que en otras circunstancias se considera el denominado
“Pacto de Concordia, el primer instrumento de origen constitucional elaborado y
promulgado por los costarricenses el 1 de diciembre de 1821” (p. 70), con él se
da inicio al derecho constitucional costarricense, el cual hasta la fecha ha contemplado
trece constituciones, catorce si se toma en cuenta la Constitución Federal de
Centroamérica (p. 70).
Ahora bien, para lograr una mejor
compresión de este proceso, Esquivel (2012) partió de la división
elaborada por el profesor Carlos José Gutiérrez, el cual consideraba tres
etapas. La primera es “la etapa de ensayo”, época donde el esfuerzo iba
dirigido a “encontrar las instituciones que mejor se amolden a la realidad
política y social costarricense” (p. 73), ya que como se sabe, fue una época de
grandes dificultades vistas por ejemplo en la anexión efímere al Imperio
Mexicano de Iturbide o la República Federal Centroamericana, la discordia ante
la elección de una capital o bien la lucha durante la Campaña Nacional (p. 70).
Durante esta etapa en “diciembre
de 1821, marzo de 1823, mayo de 1823, enero de 1825, marzo de 1841, abril de
1844, febrero de 1847, noviembre de 1848, diciembre de 1859, abril de 1869 y diciembre
de 1871” (p. 71), se pusieron en marcha diferentes constituciones. A su vez, se
notó una influencia de otros documentos como la Constitución de Cádiz de 1812 y
la Constitución de los Estados Unidos de América de 1776 (p. 71). Algunas de
las constituciones más relevantes de esta etapa acorde con Esquivel (2012) fueron:
2.
Primer y Segundo Estatuto Político: el primer estatuto llegó el 3 de marzo de 1823
y el segundo el 16 de mayo de 1823. Ambas constituciones coinciden con una
época conflictiva desarrollada, la lucha entre las principales ciudades por ser
reconocidas como la capital del país.
3.
La Constitución Federal de Centroamérica (1824) y la Ley Fundamental del
Estado de Costa Rica:
algunos de sus principios mencionaban la “proscripción de la esclavitud,
limitación de la pena de muerte a casos muy calificados y el reconocimiento del
derecho de asilo” además establecía un “presidente y un vicepresidente, un
Congreso sobre base numérica y un Senado con representación igual para cada
Estado, y una Corte Suprema de Justicia” (p. 80).
3.1.En el segundo caso, dada la incorporación de
Costa Rica al régimen federal “convocaron a una Asamblea Constituyente que
promulgará una Carta Fundamental
para el ordenamiento interno del Estado. Así,
el 25 de enero de 1825, fue emitida la Ley Fundamental del Estado Libre de
Costa Rica” (p. 80). Entre sus principios se encontraba que “la ley debía tener
un fin útil y justo, que la ley injusta no era ley y que existía un derecho de
resistencia moral a la opresión” (p. 80).
4.
Braulio Carrillo y la Ley de Bases y Garantías (8 de marzo de 1841): en ella se proclamó que nuestro país
era un “Estado soberano e independiente, tanto en su administración interior
como en sus relaciones exteriores, y no se hizo alusión a la unión con los
estados centroamericanos. Además, consagró varios de los principales derechos
civiles y políticos de la doctrina liberal” (p. 83). La dictadura de Carrillo
terminaría cuando se presentó el golpe de estado por parte del general
Francisco Morazán (p. 84).
Para la segunda etapa denominada
“Madurez Constitucional” destaca la Constitución de 1871, que tuvo casi sesenta
y cinco años de vigencia, aunque no se considera el periodo entre 1917-1919,
que corresponde a la dictadura por parte de los hermanos Tinoco. Algunos de los
principios más importantes de ambas constituciones fueron, acorde con Esquivel
(2012), los siguientes:
1.
Constitución de 1871: llegó a convertirse en la “constitución clásica de la Costa Rica liberal
(…) fue derogada muchas veces, para ser revivida posteriormente por medio de
decretos ejecutivos” (p. 90). En su texto original “declaraba que la República
era libre e independiente, que la soberanía residía en la Nación y fijaba los
límites del territorio del país” (p. 91). Años posteriores sufrió
modificaciones como fue el caso de la “proscripción de la pena de muerte bajo
el mandato del militar y político Tomás Guardia” (p. 92).
2.
Constitución Política de 1917: fue el resultado de una serie de
modificaciones a la constitución ya vigente. Entre algunos de sus enunciados
destacaban “la prohibición de que los tribunales aplicasen leyes o decretos en
perjuicio de la constitución (…) la obligación del Estado de velar por el
bienestar de la clase trabajadora y de dictar las leyes que fueren convenientes”
(p. 94). Se debe recordar que esta época representó un periodo de dictadura
para el país. Al instalarse de nuevo la constitución de 1871, se fueron
agregando una serie de modificaciones hasta llegar a los años de 1949 (pp.
94-95).
Partiendo de este argumento, se
avanza ahora a la última etapa y además última constitución que le da soporte a
este proyecto: la constitución de 1949. Antes de entrar en sus principales
fundamentos, es necesario también conocer cuál fue el origen de este nuevo
mandato de ley y cuál fue, por consiguiente, su objetivo primordial al momento
de ser emitida.
Antecedentes de la Constitución de 1949
Para
comprender el escenario al cual se enfrentaba Costa Rica es necesario
retroceder hasta la época de los 40, año en el cual llegaría al poder Rafael
Ángel Calderón Guardia. Si se parte de lo mencionado por González y Molina
(2016), se descubre que entre León Cortés (antecesor periodo 1936-1940) y
Calderón comenzaron a surgir ciertas enemistades, por lo cual Cortés se vio
ante la tarea de disputar la presidencia contra el sucesor de Calderón, Teodoro
Picado en las elecciones de 1944. Este último sería el vencedor en dichos
comicios (pp. 199-200).
Con
esta Junta se conformó una Asamblea Constituyente, la cual fue “creada para
redactar una nueva Constitución cuyo propósito era organizar varios asuntos
relativos al ordenamiento jurídico y el establecimiento de las garantías
sociales” (Gonzáles y Molina, 2016, p. 209). Es importante señalar, acorde con
González y Molina (2016) que “se basó en la carta magna de 1871, en la cual se
respetaban los derechos y garantías individuales, pero se agregaron los temas
relacionados con las garantías sociales, así como el voto femenino” (p. 209).
Entre otros principios que se incluyeron a esta Constitución estaban el “otorgamiento de las cédulas de identidad a las personas negras del Atlántico/Caribe (…) la ilegalización de todos aquellos partidos de tendencia comunista (…) la creación del Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) y de las instituciones autónomas” (González y Molina, 2016, p. 210).
Conforme
han trascurrido los años, esta Constitución ha sufrido ciertas modificaciones,
respondiendo esto, claro está, a las nuevas demandas del Estado y la sociedad
costarricense. Pero como se logró apreciar, el proceso constitucional en Costa
Rica ha sido extenso, esta madurez le permitió alcanzar la posición que ocupa
actualmente, aunque claro está que aún quedan muchos principios y contratiempos
que deben ser analizados y modificados, si se busca que la convivencia social
se enmarque hacia un mejor futuro.
¿Por
qué surgió la constitución actual?
Surgió
por iniciativa de José Figueres Ferrer quien después de vencer en la guerra
civil de 1948 se propone fundar la segunda república para lo cual convoca un
grupo de nueve destacados juristas que redactan el proyecto de constitución
política de la segunda república para su posterior aprobación en una asamblea
constituyente sin embargo el proyecto de constitución fue rechazado por los
sectores más conservadores del país liderados por otro volante blanco en el
vence que imponen como modelo constitucional una constitución vieja decretada
en el año de 1871 el 7 de noviembre de 1949.
Cambios
de la constitución de 1949
Aprobada
la nueva ley fundamental exponiendo como notas novedosas el debilitamiento del
poder ejecutivo la creación del tribunal supremo de elecciones la contraloría
general pública del régimen de instituciones autónomas el servicio civil
también aunado a lo anterior la constitución.
Logros
de la constitución
Acogió otra medida implementada por la junta el 1º de diciembre de 1948 cuando en un contexto de crisis social de diferencias evidentes al interior de la junta y de amenaza exterior se abolió el ejército costarricense sabías que la constitución política realizada en el año de 1949 proscribe al partido comunista también llamado vanguardia popular en su artículo 98 dos de las medidas más revolucionarias de la junta.
Medidas
revolucionarias de la junta
La
nacionalización bancaria-se logra aprobar en la Nueva Constitución Política una
nacionalización bancaria se logra aprobar en la nueva constitución política
mientras que el otro impuesto al capital del 10%.
Datos
curiosos.
1. La
Constitución Política de 1949 hay que destacar la aprobación del voto femenino
el 20 de junio de 1949 al establecerse el sufragio universal el nuevo conjunto
de instituciones creadas por la junta fundadora la segunda república sirvió
como base para la ampliación del aparato estatal y permitió rotular el camino
para que se consolidarán las reformas sociales emitidas a principios de los
años 40.
2. La
Asamblea Nacional Constituyente de 1949 la asamblea nacional constituyente de
1949 elimina del preámbulo de la nueva carta política toda referencia a los
hechos del 48 ya la junta fundadora de la segunda república.
Reformas
Costa Rica presenta a
lo largo de la historia severas transformaciones en su constitución política
debido a la constante e imparable evolución de nuestra sociedad, siendo esta la
razón principal del cambio es importante saber que reformas representan las más
importantes para identificar como llegamos a la Costa Rica de nuestro presente
en la que todos nos desarrollamos y valorar los cambios que estas reformas
suponen. Pero antes de cualquier explicación tenemos que analizar que implica
una reforma:
¿Qué es una reforma? Podemos utilizar la definición brindada por el
sistema de información legislativa del gobierno de México que dicta que una
reforma es un procedimiento que se realiza con el fin de innovar o modificar
algo siendo este un proceso que no es rápido, sino que es gradual al tratarse
de cambios de sistema, estructurales o de institución.
Este sitio menciona
también que las reformas se plantean como solución para corregir algo que no
funciona en una nueva realidad siendo esto un aspecto clave para comprender
el concepto de reforma y también para desarrollar esta investigación, los
ámbitos en los que trabaja una reforma son amplios siendo los más importantes
en temas de economía, política y sociales, pero también abarcando gran parte de
las áreas de educación y constitucionales. Ahora bien, para identificar las
reformas aplicadas en Costa Rica para llegar a la conclusión de si ha existido
un cambio a lo largo del tiempo se puede utilizar una herramienta en forma de
pagina web llamada “Sinopsis de Reformas a la Constitución Política de 7 de
noviembre de 1949” siendo una breve pero concisa recopilación de las reformas
aplicadas a la segunda constitución política costarricense posterior a la
guerra civil de 1948.
En el ámbito social
se pueden mencionar reformas como la ayuda a los trabajadores siendo la número 2737
publicada en 1961 siendo esta la administración del seguro social protegiendo a
los trabajadores dejando como institución responsable a la Caja Costarricense
de Seguro Social, también se puede añadir un cambio en la descripción de un
articulo de la reforma 7880 de 1999 ya que previo a la reforma se refería al
costarricense como hombre y ahora posterior a la reforma usando el término
persona dejando los artículos de la siguiente forma:
"Artículo 20.- Toda persona es libre en la República, quien se
halle bajo la protección de sus leyes no podrá ser esclavo ni esclava."
"Artículo 33.- Toda persona es igual ante la ley y no podrá practicarse discriminación alguna contraria a la dignidad humana."
Igualmente, reformas
como la 8952 publicada en 2011 promueve el solidarismo en la sociedad costarricense,
así como en los ambientes laborales y la protección de personas con
discapacidades como bien estipula la reforma de 9697 de 2019. Unas reformas que
añaden como derechos el agua potable (reforma 9849, 2020), el derecho a las
telecomunicaciones (reforma 10385, 2023) que en un mundo fuertemente
influenciado por las redes sociales y el internet en general es sumamente
valioso y por último el derecho al deporte y recreación (reforma 10376, 2024).
Ahora bien, queda en duda si estos cambios son verdaderamente notorios, pese a que en papel las leyes o artículos prometan cosas que tal vez a primera vista no sean notorias, pero como bien se mencionaba en el principio las reformas se hacen con el objetivo de ser cambios paulatinos. La realidad costarricense como muchos países vecinos es la de ser naciones en vías de desarrollo con sus problemas económicos, políticos y sociales que serán resueltos si se siguen promoviendo las reformas constitucionales.
Si bien es posible identificar deficiencias en lo que promete
una reforma es innegable que el cambio es notorio, nuestra sociedad como la de
todo el mundo continua avanzado y evolucionando siendo algo totalmente distinto
a lo que alguna vez fue, como por ejemplo la sociedad costarricense durante
1948, en una clase este ejercicio comparativo es sumamente necesario para de
manera critica hacerle saber a un grupo de estudiantes como nuestra sociedad
avanza y genera nuevas problemáticas y soluciones.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario